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Llamado al gobierno de Brasil para asegurar recursos y pleno funcionamiento del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura

COMUNICADO CONJUNTO

Los Mecanismos Nacionales y Locales de Prevención de la Tortura de América Latina hacen llamado urgente al gobierno de Brasil para asegurar los recursos y el pleno funcionamiento de su Mecanismo Nacional de Prevención

Los Mecanismos Nacionales de Prevención de la Tortura de América Latina abajo firmantes, manifiestan su profunda preocupación frente a las medidas dispuestas por el Poder Ejecutivo de Brasil con la promulgación del Decreto N° 9.831 de 10 de junio de 2019, que eliminó los cargos de los miembros del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura obstaculizando su funcionamiento y la realización de su mandato.

El 31 de octubre de 2019 - El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP), conformado por 11 integrantes, fue establecido por la Ley Federal N° 12.847 de 2013, con el mandato de monitorear las condiciones de detención mediante visitas no anunciadas a todos los lugares donde las personas se ven privadas de su libertad – tales como prisiones, comisarías y hospitales psiquiátricos – documentar violaciones en informes y presentar recomendaciones a las autoridades públicas, con vista a contribuir a cambios estructurales, en la ley, las políticas y las prácticas, para reducir los riesgos de tortura y otros malos tratos y fortalecer la protección de los derechos de las personas privadas de libertad.

La creación del MNP resulta de la obligación internacional que asumió libremente el Estado brasileño al ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura en el 2007.

Según dicho instrumento internacional, Brasil se comprometió a crear el MNP y dotarlo de los recursos materiales y humanos necesarios para el desempeño de su mandato, garantizándole su autonomía funcional y operativa.

Las personas privadas de libertad se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad y bajo un mayor riesgo de sufrir tortura y malos tratos, que deriva tanto de su misma condición de vivir en intramuros, como del control total del Estado respecto del ejercicio de sus derechos. Por ende, los espacios de privación de libertad deben ser espacios sujetos a escrutinio externo y fiscalización independiente y estricta. En este sentido, los Mecanismos Nacionales y Locales de Prevención de la Tortura juegan un papel fundamental, más aún en un país como Brasil que ocupa el tercer lugar, a nivel mundial, con mayor número de personas en prisión– con aproximadamente 812.0000 personas presas - y donde prevalecen condiciones inhumanas y degradantes de detención, caracterizadas por grave hacinamiento y violencia generalizada.

Desde el inicio de sus labores en 2015, el MNP de Brasil llevó a cabo visitas de monitoreo a más de 170 centros de privación de libertad, entre ellos centros penales, hospitales psiquiátricos, comunidades terapéuticas, centros de detención de adolescentes, y comisarías, en 20 estados de Brasil, y emitió alrededor de 2.077 recomendaciones a autoridades públicas. Obstaculizar la labor del MNP y desguarnecerlo de sus recursos materiales y humanos, constituye un grave retroceso, que fragiliza una política pública ya implementada en el país e inviabiliza que el MNP siga cumpliendo con sus atribuciones dispuestas en la ley nacional y el tratado internacional. La medida adoptada por el gobierno brasileño es inédita no sólo en Latinoamérica, sino en todo el mundo, y sitúa a Brasil en falta con la comunidad internacional.

En este sentido, los Mecanismos Nacionales y Locales de Prevención de América Latina abajo firmantes lamentan profundamente la decisión tomada por el Poder Ejecutivo Federal de Brasil que atenta contra la protección de los derechos de las personas privadas de libertad en el país, se solidarizan con las y los integrantes del Mecanismo Nacional de Prevención de Brasil por los graves obstáculos que enfrentan para llevar a cabo su mandato legal, y urgen a las autoridades brasileñas a revertir la medida que eliminó los cargos de este órgano de protección de derechos humanos, respetando los compromisos asumidos a través de tratados internacionales.

……

• Comité Nacional para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o

Degradantes (CNPT) de Argentina

• Servicio para la Prevención de la Tortura (SEPRET), Mecanismo Nacional de Prevención de Bolivia

• Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de Costa Rica

• Mecanismo de Prevención de la Tortura y Tratos Crueles y Degradantes de Ecuador

• Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de Guatemala

• Comité Nacional de Prevención Contra la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos y

Degradantes (MNP-CONAPREV) de Honduras

• Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de México

• Mecanismo Nacional Para la Prevención de la Tortura de Panamá

• Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) de Paraguay

• Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de Perú

• Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de Uruguay

• Mecanismo para la Prevención de la Tortura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina

• Comisión Provincial de Prevención de la Tortura de la Provincia de Mendoza, Argentina

• Comisión Provincial de Prevención de la Tortura (CPPT) de la Provincia de Misiones, Argentina

• Comité Provincial para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o

Degradantes de la Provincia de Salta, Argentina

• Mecanismo Estadual de Prevenção e Combate à Tortura do Estado da Paraíba, Brasil

• Mecanismo Estadual de Prevenção e Combate à Tortura do Estado de Pernambuco, Brasil

• Mecanismo Estadual de Prevenção e Combate à Tortura do Estado do Rio de Janeiro, Brasil

• Mecanismo Estadual de Prevenção e Combate à Tortura do Estado de Rondônia, Brasil

 

COMUNICADO CONJUNTO